lunes, 28 de febrero de 2011

Documento del Acuerdo por una Seguridad Democrática

Presentado en la Honorable Cámara de Diputados el 24 de Febrero 2011
En los últimos días, la policía bonaerense ejecutó a dos adolescentes en José León Suárez y a un joven en Baradero, y disparó por la espalda a otro joven en Mar del Plata que se encuentra herido de gravedad. Estos hechos requieren respuestas estructurales y enérgicas del gobierno provincial que reemplacen de manera definitiva el modelo autoritario e ineficiente de autogestión policial que sólo incrementa el delito y provoca más muertes. A las respuestas judiciales hay que sumarle respuestas políticas.
Todo gobierno tiene la responsabilidad de ejercer la conducción civil y estratégica de las policías, que supone el pleno control de la institución. La prevención y sanción del delito de modo eficiente y respetuoso de los derechos humanos demanda un sistema policial subordinado a las directivas de seguridad pública formuladas por las autoridades gubernamentales. Ha quedado demostrado que la autonomía policial como forma de gobernabilidad conduce a respuestas policiales violentas y represivas. No sólo se desentiende del control de las fuerzas de seguridad sino también de contar con las herramientas de gestión que permiten el monitoreo del delito y del trabajo policial necesarias para la formulación de las políticas y estrategias de seguridad. Además, desdibuja toda posibilidad de que se implementen iniciativas serias de participación ciudadana y prevención comunitaria de la violencia.
El ejercicio de las funciones de auditoría interna en la policía bonaerense a cargo de civiles especializados en investigación administrativa ha revelado mayor efectividad en los breves lapsos en que fue aplicado. Se lograron investigaciones más rápidas y completas que las realizadas por la propia justicia, a la vez que fueron expulsados de la fuerza aquellos que incurrían en abusos funcionales y actividades delictivas. El autogobierno significa traspasar esas potestades a los propios efectivos policiales y habilita un campo discrecional para el ejercicio de la fuerza, la violación de derechos y la reactivación de redes de ilegalidad, que constituyen el trasfondo de hechos gravísimos como las ejecuciones policiales o la desaparición de Luciano Arruga en enero de 2009.
En ese contexto, la unificación de las responsabilidades de seguridad y de justicia en un solo ministerio contribuye a sostener el autogobierno policial, en la medida que reduce las capacidades institucionales del área de seguridad y profundiza la delegación de la gestión en las cúpulas policiales. El poder estratégico y administrativo sobre una fuerza de 52 mil efectivos y un presupuesto anual de casi 5.000 millones de pesos no puede recaer en una jefatura cuyo poder se encuentra concentrado en un Jefe de Policía y unos pocos comisarios generales.
Las respuestas que pretenden encarar los problemas de seguridad con medidas que profundizan la autogestión policial conducen a cuerpos no profesionalizados, con pocas herramientas para perseguir el delito complejo, funcionales a la reproducción de las redes de ilegalidad y con altos grados de violencia institucional.
Por lo tanto, es imprescindible alcanzar un acuerdo político y social amplio que permita avanzar en el diseño e implementación de políticas de corto, mediano y largo plazo, orientadas a encontrar soluciones inmediatas y perdurables a las demandas sociales en materia de seguridad. La convocatoria a la discusión, el debate y las propuestas democráticas debe incluir a las diversas fuerzas políticas, a las organizaciones sociales, sindicales y religiosas, a las universidades, entre muchas otras, de modo de fortalecer acuerdos y promover medidas puntuales que permitan construir soluciones duraderas, plurales e inclusivas.  En el marco de los principios que guían el Acuerdo de Seguridad Democrática (ASD) proponemos algunos de los lineamientos que deberían formar parte de la agenda de seguridad y de reforma policial de la provincia de Buenos Aires.
Profundizar las investigaciones judiciales y administrativas
En primer lugar es imprescindible que el gobierno provincial muestre un fuerte compromiso con el avance de las investigaciones judiciales y administrativas para individualizar y sancionar a los responsables de las ejecuciones de José León Suárez y Baradero. En materia de ejecuciones policiales, el Estado tiene la obligación de investigar las violaciones del derecho a la vida de manera completa, independiente e imparcial.
Es imperioso avanzar en la delimitación de las conductas de todos los policías involucrados en los hechos de José León Suárez y Baradero. Por ello, se debe profundizar la investigación para esclarecer la autoría material y directa del hecho y a su vez la responsabilidad indirecta y funcional en el procedimiento policial.
Separar el Ministerio de Justicia y Seguridad: diseño de una estructura de gestión civil y conducción estratégica de la Policía Bonaerense.
Se necesitan respuestas políticas concretas para retomar el gobierno y el control civil de la gestión de la seguridad en lo vinculado con la autoridad disciplinaria, la producción de información y la administración de emergencias y de evaluación operativa de la fuerza policial. Con un programa reformador y democratizador, se debe enfocar en la especialización, la modernización funcional y la descentralización de la gestión policial bajo la dirección de las autoridades políticas.
Los procesos de reforma y modernización del sistema de seguridad provincial suponen la construcción de un liderazgo político eficiente que conlleve un profundo cambio en sus formas tradicionales de funcionamiento y organización.
Para llevar adelante ese proceso, es necesaria la conformación de un Ministerio de Seguridad responsable de la gestión gubernamental de los asuntos de la seguridad pública, en particular de lo referido a la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias del sector.
Por cierto, tal exigencia no se satisface con la mera creación de dicho Ministerio sino con la reforma de la ley que regula las diferentes competencias de cada una de sus dependencias para dotarlo de una estructura que haga posible y cierto el control y la conducción estratégica de la agencia policial. Es fundamental contar con subsecretarías y direcciones que tengan incumbencia en cada una de las áreas o cuerpos en que la institución policial se encuentra dividida.
Desarrollar la capacidad de investigación judicial y terminar con la impunidad. Creación de la Policía Judicial.
Los problemas de seguridad que vive la provincia de Buenos Aires también están ligados a fuertes condiciones estructurales que garantizan impunidad. Una de ellas es la delegación de la investigación penal de los fiscales a la policía bonaerense, una fuerza sospechada de contener grupos delictivos en su seno que gerencian o regulan el delito. En muchos casos la policía ha sido separada de las investigaciones, que quedaron a cargo de la Gendarmería Nacional.
Este cuadro exige cumplir la norma constitucional que dispone la creación por ley de una policía judicial dependiente de la Procuración de la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires. Ello permitirá aumentar el grado de independencia y eficacia de las investigaciones judiciales y disminuir el ámbito de discrecionalidad policial para el armado de causas o venta de resultados de las investigaciones por personal policial.
Implementar protocolos de actuación y de uso de fuerza
Otra medida concreta es la reglamentación y control del uso de la fuerza, la forma de proceder en las detenciones y el diseño y la conducción de operativos frente a grandes concentraciones de personas, ya sea en ocasión de espectáculos, de desalojos, de protestas sociales o en formas combinadas de resistencia a una acción policial que deriva en una protesta como forma de acción directa.
Para ello es fundamental establecer estándares de actuación en el espacio público con rango normativo, de modo de asegurar un uso proporcional, racional y subsidiario de la fuerza y erradicar las prácticas policiales contrarias a esos criterios.
No alcanza con la mención retórica de los instrumentos internacionales de derechos humanos. Es preciso avanzar en la reglamentación específica de estas cuestiones, la definición de responsabilidades concretas, la formación y capacitación de los policías y la sanción efectiva de quienes actúan en contradicción con esos principios.
Implementar instancias de control interno y externo
A su vez, resulta esencial la creación de un organismo independiente de investigación administrativa compuesto por civiles para poner fin a uno de los mayores problemas que presenta la institución: policías que se investigan entre sí y encubren su accionar ilegal en lugar de sancionarlo. La potestad de realizar sumarios y de aplicar sanciones disciplinarias no debe estar en manos del jefe de la fuerza sino de la dirección civil.
Por otra parte, es necesario recuperar y profundizar los mecanismos de participación comunitaria en el diagnóstico, planificación y control de gestión de la seguridad pública establecidos por la ley 12.154.
Implementar un modelo protector de los derechos de la niñez y la juventud
Los jóvenes y niños de los sectores más vulnerables son las víctimas directas del accionar descontrolado de las fuerzas de seguridad. Los problemas de seguridad no se resuelven desde un abordaje autoritario y represivo. Las respuestas policiales y la intervención policial en las escuelas tampoco solucionan la problemática de la niñez y la juventud.
Para terminar con esta realidad es indispensable avanzar en la implementación de políticas y programas dirigidos a niños, niñas y jóvenes que aseguren el ejercicio pleno de sus derechos sin discriminación alguna. El Estado tiene la obligación de estructurar políticas de carácter público concretas para protegerlos sin represión ni encierro, respetando la mirada integral de sus derechos y el interés superior del niño. Asimismo, el Defensor del Niño y el Observatorio Social prescriptos en los artículos 16 y 24 de la ley 13.298 deben constituirse en dispositivos estratégicos para asegurar el pleno ejercicio de derechos.
Financiar con una partida presupuestaria específica el Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos
Es imprescindible contar con el financiamiento necesario para la implementación de políticas públicas activas que desarrollen una intervención social protectora de derechos de los colectivos sociales más desfavorecidos en el esquema de distribución del ingreso y de bienes materiales y simbólicos, que sufren de manera más directa, frecuente y traumática los efectos de la violencia social y policial. Para ello es impostergable tomar la decisión política de avanzar en la sanción de una Ley de Financiamiento para el Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos que garantice de una partida presupuestaria específica para garantizar su funcionamiento.
Las propuestas que sostiene ASD son:
- Profundizar las investigaciones judiciales y administrativas. Que el gobierno provincial muestre un fuerte compromiso con el avance de las investigaciones judiciales y administrativas en los casos de José León Suárez y Baradero. Se deben delimitar las conductas de todos los policías que intervinieron directa o indirectamente en esos hechos. Es toda una señal hacia afuera y también hacia adentro.
- Separar el Ministerio de Justicia y Seguridad. Se requieren respuestas políticas concretas para retomar el gobierno y el control civil de la gestión de la seguridad en lo vinculado con la autoridad disciplinaria, entre otros temas. Se debe enfocar hacia la especialización y profesionalización de los policías. Y la conformación de un Ministerio de Seguridad. Está claro, agrega el documento, que la mera creación de un ministerio no arregla nada, sino que hay que dotarlo de estructuras que lo hagan posible en su funcionamiento y sus fines. No lo dice el documento, pero no deja espacio para pensar en Casal ni Stornelli.
- Creación de una Policía Judicial. Uno de los problemas actuales es que los fiscales –describe ASD– delegan la investigación en las fuerzas policiales, que terminan autoinvestigándose. El documento exige el cumplimiento de la norma constitucional que ordena la creación de la Policía Judicial dependiente de la Procuración de la Suprema Corte, y no como es ahora, policías bonaerenses con destino en judiciales, que deberán investigar a sus colegas. Vale como ejemplo el caso de Baradero: luego de que el policía Gonzalo Kapp disparara el escopetazo contra Lucas, el área no fue cercada, y los cartuchos supuestamente de goma no aparecieron.
- Protocolos de actuación y uso de fuerza. Cómo se hace una detención sin matar a nadie, cómo conducir operativos sin desatar violencia, casos de desalojos, allanamientos, acciones ante la resistencia. Está claro que los Bonaerenses no lo saben o lo ocultan. Sólo recordar el argumento de la confusión de cartuchos de goma por plomo y la innecesaria utilización de armas de fuego para detener a personas desarmadas en fuga o simplemente presentes en el lugar.
- Instancias de control interno y externo. Resulta esencial la creación de un organismo independiente de investigación administrativa compuesto por civiles para evitar que los policías se investiguen a sí mismos.
- Implementar un modelo protector de los derechos de la niñez y la juventud. En síntesis, la Patrulla Juvenil inventada por Casal más que solucionar los problemas con la adolescencia, los agravó, enmascarando gordos de la patota de calle con pecheras naranjas.
- Por último, financiar con una partida presupuestaria específica el Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos. Se parte de la base de que las políticas públicas activas desarrollen una intervención social protectora de derechos de los colectivos sociales más desfavorecidos frente a los ingresos y bienes materiales y simbólicos. Son no casualmente los que más sufren el embate de la violencia social y policial. La propuesta, que cuenta con un fuerte respaldo de organismos y personalidades de todos los ámbitos, será presentada al gobernador Daniel Scioli con la intención de que se adopte una actitud firme frente a la violencia policial, y que el Estado sea garante de los derechos de la ciudadanía toda.

Información pública al alcance de todos

En este trabajo nos proponemos desarrollar los aspectos básicos de una herramienta legal para acercarla a la ciudadanía.
En la provincia de Bs As contamos con una herramienta legal para obtener información financiera y de ocupación en el sector público regulada bajo la ley provincial 12575. Esta ley aprueba el “compromiso federal por el crecimiento y la disciplina fiscal” aprobado por la ley nacional 25400.
Esta norma habilita a cualquier ciudadano sin necesidad de especificar motivo alguno a requerir la información detallada en los incisos (que más debajo de reproduce) producida por la administración de la provincia de Buenos Aires (ley provincial 12575).
Se agrega modelo de escrito (para requerir información ante la administración pública provincia de Buenos Aires, no incluye municipios –verificar el inciso para la información que se pretenda requerir-) para formalizar la presentación y se transcribe el artículo pertinente del Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal
Esta información te resultó útil? Envíanos un email a edeenlinea@gmail.com comentándonos tu presentación o postéala en Facebook edeenlinea.

(parte pertinente de la ley provincial -Bs As- n° 12575)
COMPROMISO FEDERAL POR EL CRECIMIENTO
Y LA DISCIPLINA FISCAL


...DECIMO TERCERO: Los gobiernos de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acuerdan establecer procedimientos para posibilitar una amplia difusión de sus cuentas fiscales, incluyendo presupuesto corriente, su ejecución, deuda y la proyección de sus servicios mediante sistemas informáticos. Adicionalmente, acuerdan la posibilidad de auditar en forma conjunta o por entidades independientes a los organismos recaudadores (Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Administraciones Provinciales de Ingresos Públicos y Direcciones Generales de Rentas Provinciales, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de la Seguridad Social (ANSES).
La documentación producida en el ámbito de las Administraciones Nacional, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se detalla a continuación, tendrá el carácter de información pública y será de libre acceso para cualquier institución o persona interesada en conocerla:

a) estados de ejecución de los presupuestos de gastos y del cálculo de recursos, hasta el último nivel de desagregación en que se procesen;

b) órdenes de compra, todo tipo de contratos firmados por autoridad competente, así como las rendiciones de fondos anticipados;

c) órdenes de pago ingresadas a las Tesorerías Nacional, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y al resto de las tesorerías de dichas administraciones;

d) pagos realizados por las Tesorerías Nacional, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y por el resto de las tesorerías de las mismas;

e) datos financieros y de ocupación del Sistema Integrado de Recursos Humanos sobre personal permanente, contratado y transitorio, incluido el de aquellos proyectos financiados por organismos multilaterales;

f) listado de beneficiarios de jubilaciones, pensiones y retiros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad;

g) saldo actualizado, perfil de vencimientos y costo de la deuda pública, así como de los avales y garantías emitidas, y de los compromisos contraidos para futuros ejercicios;

h) listados de cuentas a cobrar;

i) inventarios de bienes inmuebles y de inversiones financieras;

j) estado del cumplimiento de las obligaciones tributarias, previsionales y aduaneras de las sociedades y las personas físicas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, Administraciones provinciales de Ingresos Públicos y las Direcciones de Rentas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a la reglamentación que ella misma determine;

k) información acerca de la regulación y control de los servicios públicos, obrante en los entes reguladores y de control de los mismos;

I) toda otra información relevante necesaria para permitir el control y cumplimiento de las normas del sistema nacional y provincial de administración financiera y las establecidas por la presente ley.

La información precedente será puesta a disposición de los interesados en forma inmediata, a su requerimiento o mediante la autorización al libre acceso a las respectivas plataformas informáticas, en un plazo máximo de un año contado a partir de la firma del presente acuerdo.

Proyecto en  línea para conformar una base de adhesiones a la ley nacional 25400
Si sabés qué ley provincial u ordenanza municipal se adhiere a la ley nacional 25400 (y en el caso de la pcia de Bs As que ordenanza muncipal se adhiere a la ley 12575) hacenos llegar la info así creamos una base para aplicar este pacto en toda la provincia de Bs As y el país a edeenlinea@gmail.com . La información será posteada para acceso libre.